El Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas aprobó por consenso un Protocolo Facultativo para el Pacto Internacional sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC). Esta decisión histórica del Consejo de Derechos Humanos es un paso más en dirección a la creación de un mecanismo internacional de reparaciones para las violaciones del Pacto Internacional sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC).
La Coalición de ONG recibe con agrado una decisión histórica: los derechos económicos, sociales y culturales en camino a equipararse con el resto del derecho internacional de derechos humanos.El Protocolo Facultativo es el resultado de varias décadas de trabajo por parte de gobiernos, la sociedad civil, expertos y órganos de derechos humanos de la ONU. El objetivo de este trabajo ha sido llenar un vacío existente desde hace mucho tiempo en la protección de los derechos humanos bajo el sistema internacional. El PIDESC es uno de los pocos grandes tratados de derechos humanos que no cuenta con un mecanismo de presentación de peticiones. Un Grupo de Trabajo intergubernamental ha estado debatiendo sobre el alcance y el contenido del borrador del Protocolo Facultativo desde 2004.Las siguientes son algunas de las cláusulas del Protocolo Facultativo adoptado hoy por el Consejo:- Los Estados Parte del Pacto que adopten el Protocolo reconocen la competencia del Comité de la ONU sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales para recibir y evaluar comunicaciones referidas a violaciones de los derechos económicos, sociales y culturales estipulados en el Pacto.- El Protocolo abre la posibilidad de que se tomen ?medidas cautelares?, facultando al Comité para enviar al Estado Parte correspondiente un pedido urgente de que adopte tales medidas cautelares a fin de evitar que las ví ctimas de las supuestas violaciones sufran posibles perjuicios irreparables.- El Protocolo también crea un procedimiento de investigación, estableciendo que, si el Comité recibe información confiable referida a violaciones graves o sistemáticas del Pacto, deberá invitar al Estado Parte a cooperar en la evaluación de la información y, para ello, a presentar observaciones respecto de la información. La investigación puede incluir una visita al territorio del Estado Parte afectado.- El Protocolo exige que los Estados tomen todas las medidas apropiadas para asegurar que las personas bajo su jurisdicción no sean sometidas a ninguna forma de maltrato o intimidación como consecuencia de las comunicaciones que se presenten ante el Comité en virtud del Protocolo.La adopción del Protocolo por parte del Consejo de Derechos Humanos de la ONU abre la posibilidad de acercar la justicia internacional a millones de personas, grupos, comunidades y pueblos excluidos de todo el mundo.
La Coalición de ONG recibe con agrado una decisión histórica: los derechos económicos, sociales y culturales en camino a equipararse con el resto del derecho internacional de derechos humanos.El Protocolo Facultativo es el resultado de varias décadas de trabajo por parte de gobiernos, la sociedad civil, expertos y órganos de derechos humanos de la ONU. El objetivo de este trabajo ha sido llenar un vacío existente desde hace mucho tiempo en la protección de los derechos humanos bajo el sistema internacional. El PIDESC es uno de los pocos grandes tratados de derechos humanos que no cuenta con un mecanismo de presentación de peticiones. Un Grupo de Trabajo intergubernamental ha estado debatiendo sobre el alcance y el contenido del borrador del Protocolo Facultativo desde 2004.Las siguientes son algunas de las cláusulas del Protocolo Facultativo adoptado hoy por el Consejo:- Los Estados Parte del Pacto que adopten el Protocolo reconocen la competencia del Comité de la ONU sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales para recibir y evaluar comunicaciones referidas a violaciones de los derechos económicos, sociales y culturales estipulados en el Pacto.- El Protocolo abre la posibilidad de que se tomen ?medidas cautelares?, facultando al Comité para enviar al Estado Parte correspondiente un pedido urgente de que adopte tales medidas cautelares a fin de evitar que las ví ctimas de las supuestas violaciones sufran posibles perjuicios irreparables.- El Protocolo también crea un procedimiento de investigación, estableciendo que, si el Comité recibe información confiable referida a violaciones graves o sistemáticas del Pacto, deberá invitar al Estado Parte a cooperar en la evaluación de la información y, para ello, a presentar observaciones respecto de la información. La investigación puede incluir una visita al territorio del Estado Parte afectado.- El Protocolo exige que los Estados tomen todas las medidas apropiadas para asegurar que las personas bajo su jurisdicción no sean sometidas a ninguna forma de maltrato o intimidación como consecuencia de las comunicaciones que se presenten ante el Comité en virtud del Protocolo.La adopción del Protocolo por parte del Consejo de Derechos Humanos de la ONU abre la posibilidad de acercar la justicia internacional a millones de personas, grupos, comunidades y pueblos excluidos de todo el mundo.
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