viernes, 25 de mayo de 2007

Inocencia Debida

Néstor Morales T.
International Human Rights Law Group / Global Rights AL
Reflexionar sobre la memoria colectiva – su construcción, mecanismos y fórmulas de elaboración- equivale a reflexionar en el presente no sobre la manera cómo vemos las cosas, los hechos, sino como los recordamos, nuestra apreciación de ellos. A fin de cuentas, somos lo que recordamos, lo que estamos dispuestos a digerir como historia, nuestro punto de vista sobre lo que fue o percibimos que ocurrió. Así se forma la verdad en el tiempo, la nación si se quiere.

No es fácil hablar sobre los últimos hechos de violencia política producto de la dictadura militar. Todo ello es una gran nebulosa de sangre, tortura, aniquilamiento sistemático de personas, desaparición de sus restos y una larga –aún más larga que la misma dictadura- historia de reconstrucción, búsqueda e identificación de los cuerpos mutilados de las víctimas, por lo que sumar nuevos antecedentes, nuevos actores al proceso largo de reconciliación con un devenir pacífico del país suele ser una cuestión casi indefendible.

Aquellas mujeres y hombres que atentaron contra indefensos ciudadanos y ciudadanas a quemarropa, con torturas inenarrables, contra su derecho a un lugar entre los muertos, contra sus nombres casi para siempre son objeto hoy de un enjuiciamiento no solamente judicial, son también cuerpo presente en el desprecio colectivo sobre su actitud déspota e indolora frente al sufrimiento. No puede la doctrina militar amparar y no lo hará, la desigualdad de armas, los juicios sumarios y ejecuciones silenciosas, sin justa causa y menos aún los crímenes contra la humanidad acreditados y reconocidos de un periodo siniestro para lo que nuestro país quiere construir.

Es por eso que resulta tan difícil referirse a los conscriptos del `73. Muchachos que sometidos a la legalidad vigente ingresaron al servicio militar obligatorio y tuvieron participación en los hechos de violencia que el aparato de represión militar dispusiera. Es cierto, el deber cívico primordial es cumplir con la Ley, más aún si se trata de cargas civiles como lo son los impuestos, el voto o el periodo de servicio en las fuerzas armadas que la ley impone. Estos adolescentes ingresaron a la milicia sin mediar un certificado de exhibición acreditando su dispensa, la posibilidad de ingreso a la universidad o el compadrazgo necesario para lograr zafar de un año adiestrándose en las artes de matar. Lo singular del proceso está en la fuerza de la que fueron sujetos para permanecer más allá del tiempo debido, saliendo a las calles armados con munición de guerra, instruidos por sus superiores para enfrentarse a ciudadanos categorizados como enemigos por un bando ilegal que por la fuerza, la brutalidad – a la manera de Hitler- persiguió y exterminó a quien cuestionara el régimen instaurado contra la decisión del pueblo.

“Congrios”, en patrullas designadas como animales inferiores para el ejército, carne de cañón para el enfrentamiento fraticida que resultó en hombres fracturados, chilenos desasociados de su entorno, cuestionados por sus familiares y vecinos, abandonados por la “familia militar” una vez que le fueron inútiles o insostenibles en su situación ilegal de reservistas. Estos ex conscriptos hoy se agrupan, exigen reparación del tiempo perdido; aducen violación de sus derechos ciudadanos, humanos, y buscan una especie de perdón en los pesos, para lavar o suspender el recuerdo de sus peores años mozos, sin encontrar aún una respuesta dócil de todo el recuerdo amargo de esos años.

La consigna inicial es que sólo cumplían con lo que la Ley les ordenaba. Quizás en esta frase comienza el cuestionamiento ético sobre sus actos y hoy sus reivindicaciones. No puedo olvidar la defensa del caso Eichmann que en forma soberbia describiera Hannah Arendt en su crónica de esa causa en el que el ex oficial de rango de las SS ”cumplía con la ley” al subir a trenes a judíos, gitanos, polacos, comunistas y todo aquel que había sido declarado fuera del orden legal para enviarlos a campos de concentración para su posterior prisión, tortura y muchas veces, exterminio. La pregunta; sin embargo, sigue siendo respecto a la justicia sobre sus actos, dónde radica su deber moral, la posibilidad de apreciar lo indicado por los superiores o por la letra de las normas. La obediencia debida, como deber primero de quienes se encuentran sujetos a los códigos militares es una cuestión de lato debate sobre el que hoy hemos avanzado pero que a la sazón de diez, veinte o treinta años atrás seguía siendo un tema de engorrosa salida.

Esas mismas justificaciones exhiben los conscriptos del 73, la Clase 54 según el año de nacimiento de los ciudadanos obligados a cumplir con el deber militar. Algunos murieron, o se les dijo, eso al objetar o no cumplir con las órdenes que se les daban, éstas mismas eran contradictorias: algunas veces salían para defender el régimen constitucional del Presidente Allende, otras simplemente para defender la patria de los enemigos internos, se les aisló, se les drogó, se les hizo carne de la guerra con las artes propias de los ejércitos de un tiempo que deseáramos olvidar pero que ocurrió y hoy, vuelven a presentarse como aquello de lo que no queremos hablar, pues nos resulta menos sencillo que decidir entre inocentes civiles y de izquierdas versus un poder militar sanguinario y de uniforme. Dónde se encuentra la línea que hace una víctima de un victimario, hasta dónde podemos evitar los juicios gruesos sobre quienes poseen y no las armas. Hasta dónde reparamos o agrandamos más la brecha entre el daño y el perdón.

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