Decisión favoreció al mayor retirado Krantz Bauer, aunque el máximo tribunal mantuvo sentencias contra otros tres agentes. La Segunda Sala de la Corte Suprema absolvió al mayor (R) Krantz Bauer Donoso, ex agente de la disuelta Central Nacional de Informaciones, en el proceso por el homicidio calificado de la militante del MIR Paulina Aguirre, ocurrido en marzo de 1985. La decisión se basó en que la sentencia de primera instancia desconoció algunos hechos que favorecían a Bauer, sobre todo los que señalaban que, al momento de los hechos, no tenía autoridad sobre la Brigada Apache que combatía al MIR. El fallo se adoptó con los votos favorables de los ministros Alberto Chaigneau, Nibaldo Segura y Hugo Dolmestch y el abogado integrante y Domingo Hernández, y con el pronunciamiento de minoría del abogado Carlos Künsemüller. De esta manera, los jueces anularon la sentencia de primera instancia dictada por el ministro a cargo de la indagatoria Jorge Zepeda, como también la confirmación que hizo la Corte de Apelaciones de Santiago. En todo caso, respecto de los otros condenados, el máximo tribunal había confirmado en junio del año pasado que las sanciones de carácter penal estaban correctamente aplicadas y las mantuvo, aunque con el pronunciamiento de minoría de Segura, quien también fue de la idea de absolverlos. De esta manera, los ex agentes Miguel Ángel Soto Stuardo y Jorge Andrade Gómez enfrentarán una pena de cinco años y un día de cárcel, mientras que Alejandro Astudillo Adonis, con tres años de presidio menor en su grado medio, todos como autores. En junio del año pasado, el máximo tribunal ya había confirmado la condena a cinco años y un día de cárcel contra el ex jefe operativo del organismo represivo Álvaro Corbalán. La muerte de Aguirre se produjo poco antes de la medianoche del 29 de marzo de 1985, en el sector El Arrayán; la misma noche en que los hermanos Rafael y Eduardo Vergara Toledo fueron asesinados en Villa Francia. La joven fue ejecutada por agentes de la CNI, pero la versión oficial de la época habló de enfrentamiento, sobre la base de que los autores pusieron un arma en la mano del cadáver para sustentar la historia de que se había resistido al arresto. Aunque la justicia militar corroboró esa tesis, en su investigación Zepeda estableció que existían antecedentes suficientes para dar por acreditado que se trató de un homicidio calificado y que la víctima fue acribillada a mansalva.
miércoles, 4 de julio de 2007
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