Néstor Morales T. (*)
Con el anuncio de parte del gobierno de postular al Ministro Alfredo Pfeiffer a la Corte Suprema, se han lanzado sobre el tapete político diversas posiciones respecto al rol político que juega el Poder Judicial dentro de un Estado de Derecho.
La necesaria división de los Poderes del Estado planteado desde los fundamentos de la República nunca ha dejado de manifestar problemas y preguntas necesarias para sociedades que buscan estándares mejores de entendimiento y edificación del ideal moderno de entramado de relaciones sociales medianamente pacíficas y que permitan progreso político, económico, social y cultural.
Ya en Roma, la cimentación de las instituciones fue un asunto que, como la construcción de la ciudad eterna, tuvo tracto dificultoso y por cierto progresivo en el tiempo. Así, con la división de los cónsules y demás figuras como tribunos y otros estaba dejado a cargo de patricios y otros a la plebe, para defensa de ésta se decía no sin cuotas altas de razonabilidad, y es que la posibilidad de pedir cuentas a las autoridades, a quienes juegan, en efecto, el juego de la política es un asunto que por más que en tiempos actuales y pretéritos se cuestione sigue siendo clave a la hora de buscar certezas jurídicas, a favor de un pueblo o una Nación.
El mismo problema en Chile no ha dejado nunca a nadie satisfecho. La edificación de la República, más aún de la actual, ha requerido diversos tragos amargos de parte de uno y otro sector dominante de la política. Las nominaciones de jueces en la Corte Suprema han supuesto una lógica de empate en los temperamentos políticos, se dice, desde 1990 a la fecha. Heredando desde el régimen militar una composición que muchos han llamado conservadora ha venido siendo transformada en un aminoramiento de ese temperamento político hacia una moderada actuación de sus Presidentes –salvo excepciones- y la anuencia por parte de la derecha política y la concertación de Ministros sindicados como cercanos a uno y otro sector. Esta cuestión nos emplaza a reflexionar brevemente sobre ciertos elementos que me parecen fundamentales a la hora de perseguir ese ideal republicano que sueña un país como el nuestro, todavía en ciernes de ser lo que se imagina a sí mismo.
Estos elementos pueden ser desglosados jerárquicamente, comenzando por uno de carácter general. La necesidad de tener un Poder Judicial independiente radica en un argumento fuerte y dos débiles. El elemento fuerte trata sobre la teoría (débil por antonomasia) pero que puesto en la praxis se viste con ropajes de fortaleza útil. Así, la independencia del poder Judicial se funda en cuestiones del Derecho Positivo, ese que solemos reproducir con ánimo convicto en las escuela s de Leyes y Derecho proveniente de juristas destacados como Hans Kelsen quien discurre, en un avance de iusnaturalismo racionalista, sobre la tesis de una hipótesis de fundamentación racional de las decisiones sobre la justicia. Esta independencia a juicio del Poder Judicial radica fundamentalmente en la autonomía económica provista desde el Ejecutivo y controlada por el mismo organismo.
Públicas han sido las rencillas que año a año ha tenido la Corte Suprema con el Ejecutivo y últimamente con la Contraloría respecto a la fiscalización de su función administrativa ya que, según la Corte, el órgano contralor y el Ejecutivo se entrometen en cuestiones de decisión autónoma como Poder del Estado y que, en ultima ratio, podría manifestarse en una revisión de la función jurisdiccional que ejerce, temor razonable pero que en una sociedad pretendidamente abierta como la nuestra es de muy difícil sustentación, sobre todo, si de cuestiones de eficiencia económica y de tramitación administrativa se refiere.
Un argumento débil se refiere a la forma cómo se entiende el juego de pesos y contrapesos políticos dentro de las decisiones y direccionamiento del poder Judicial. Es débil en cuanto el equilibrio de un órgano de la República que no se somete al escrutinio del pueblo y que organiza su régimen de sustitución de autoridades a través de un fuerte control y proposición de los restantes Poderes del Estado se queda fuera de lo que la modernidad y el mundo de hoy persigue. Esta fórmula restringe la autonomía asegurando la publicidad de forma indirecta, imperfecta dentro de un sistema político igualmente deficiente que no conoce ni proporciona bien el mayor bien que gusta poseer: el Poder.
Segundo argumento débil, pero que delata formas de reproducción y sujeción del poder en el sistema judicial que hablan muy mal de quienes desde los albores de la República mantienen una actitud obsecuente hacia el Poder Ejecutivo de turno. Fueron los mismos los que lograron continuar sin tropiezos durante las dictaduras, ensayos políticos y vueltas a la democracia, cotidianas, del siglo pasado. Esto nos hace afirmar que el real temperamento de la Corte Suprema como institución ha sido la de condescendencia con quienes saben bien, maneja las cosas en Chile. Si las decisiones económicas, políticas y sociales avanzan en cierta dirección, el rol del poder Judicial, su verdadero papel en la historia ha sido refugiarse en los Tribunales a la hora de sacar la voz y apreciar sobre su interés los movimientos de la época, configurando así una Ideología Suprema: flotar aunque todo sea una gran tempestad. Este argumento débil y subjetivo puede camuflarse con facilidad con el argumento fuerte de continuidad y mantenimiento del Estado de Derecho en Chile aunque este sea una promesa o una quimera digna de reivindicar.
Un último argumento débil (de brutal realidad política), es el referido como el de la teoría del empate, en este caso (nombramiento de Pfeiffer) es sólo una alarma destinada al fracaso, debido a que la composición actual del Senado hace presagiar que a lo menos 33 de sus congresistas darán su voto a favor de la nominación del Gobierno (se necesitan 2/3 de los miembros en ejercicio, algo más de 25) dudándose mucho que los restantes, ora por filiación, ora por interés, ora por su historia personal entreguen un voto censitario a dicha propuesta, teniendo esta pelea tanto las Agrupaciones de DDHH como los centros de estudios y los mismos Senadores disconformes escasa o nula posibilidad de transformar a su guisa la próxima asunción en el Tribunal Supremo del país de este Ministro sindicado por su opinión y su historia como Conservador y detractor de las normas que pueden favorecer en los casos pendientes y futuros relativos a las lesiones a los derechos humanos.
Con elementos de obsecuencia histórica, de sumisión al empate de posiciones políticas imperantes (que sigue siendo mejor que el rapto por un sector u otro del órgano jurisdiccionales), de inmutabilidad y resistencia al cambio se hace difícil conseguir al breve plazo un Poder Judicial moderno y eficiente.
La misión de los órganos jurisdiccionales más allá de ser la boca que dice la ley es la de construir certeza jurídica, es decir, establecer parámetros de interpretación, posición e imposición de la fuerza a través del derecho construido por los otros poderes por mandato (hipotético) del pueblo, por lo que su alejamiento y deseo de vivir fuera de los límites del sistema político es una falacia y no una quimera digna de reivindicar como muchos de los defensores del actual sistema de justicia señalan.
Una reforma al sistema jurisdiccional requiere no sólo de reformular los procedimientos sino también la transformación profunda al modo cómo se reproducen y se designan los cargos que ejercen el Poder del Estado de Chile que más atrás en la historia permanece. Esa, me parece es la principal meta de la Justicia y por cierto para quienes habitamos dentro de la política no deja de ser un problema supremo.
Con el anuncio de parte del gobierno de postular al Ministro Alfredo Pfeiffer a la Corte Suprema, se han lanzado sobre el tapete político diversas posiciones respecto al rol político que juega el Poder Judicial dentro de un Estado de Derecho.
La necesaria división de los Poderes del Estado planteado desde los fundamentos de la República nunca ha dejado de manifestar problemas y preguntas necesarias para sociedades que buscan estándares mejores de entendimiento y edificación del ideal moderno de entramado de relaciones sociales medianamente pacíficas y que permitan progreso político, económico, social y cultural.
Ya en Roma, la cimentación de las instituciones fue un asunto que, como la construcción de la ciudad eterna, tuvo tracto dificultoso y por cierto progresivo en el tiempo. Así, con la división de los cónsules y demás figuras como tribunos y otros estaba dejado a cargo de patricios y otros a la plebe, para defensa de ésta se decía no sin cuotas altas de razonabilidad, y es que la posibilidad de pedir cuentas a las autoridades, a quienes juegan, en efecto, el juego de la política es un asunto que por más que en tiempos actuales y pretéritos se cuestione sigue siendo clave a la hora de buscar certezas jurídicas, a favor de un pueblo o una Nación.
El mismo problema en Chile no ha dejado nunca a nadie satisfecho. La edificación de la República, más aún de la actual, ha requerido diversos tragos amargos de parte de uno y otro sector dominante de la política. Las nominaciones de jueces en la Corte Suprema han supuesto una lógica de empate en los temperamentos políticos, se dice, desde 1990 a la fecha. Heredando desde el régimen militar una composición que muchos han llamado conservadora ha venido siendo transformada en un aminoramiento de ese temperamento político hacia una moderada actuación de sus Presidentes –salvo excepciones- y la anuencia por parte de la derecha política y la concertación de Ministros sindicados como cercanos a uno y otro sector. Esta cuestión nos emplaza a reflexionar brevemente sobre ciertos elementos que me parecen fundamentales a la hora de perseguir ese ideal republicano que sueña un país como el nuestro, todavía en ciernes de ser lo que se imagina a sí mismo.
Estos elementos pueden ser desglosados jerárquicamente, comenzando por uno de carácter general. La necesidad de tener un Poder Judicial independiente radica en un argumento fuerte y dos débiles. El elemento fuerte trata sobre la teoría (débil por antonomasia) pero que puesto en la praxis se viste con ropajes de fortaleza útil. Así, la independencia del poder Judicial se funda en cuestiones del Derecho Positivo, ese que solemos reproducir con ánimo convicto en las escuela s de Leyes y Derecho proveniente de juristas destacados como Hans Kelsen quien discurre, en un avance de iusnaturalismo racionalista, sobre la tesis de una hipótesis de fundamentación racional de las decisiones sobre la justicia. Esta independencia a juicio del Poder Judicial radica fundamentalmente en la autonomía económica provista desde el Ejecutivo y controlada por el mismo organismo.
Públicas han sido las rencillas que año a año ha tenido la Corte Suprema con el Ejecutivo y últimamente con la Contraloría respecto a la fiscalización de su función administrativa ya que, según la Corte, el órgano contralor y el Ejecutivo se entrometen en cuestiones de decisión autónoma como Poder del Estado y que, en ultima ratio, podría manifestarse en una revisión de la función jurisdiccional que ejerce, temor razonable pero que en una sociedad pretendidamente abierta como la nuestra es de muy difícil sustentación, sobre todo, si de cuestiones de eficiencia económica y de tramitación administrativa se refiere.
Un argumento débil se refiere a la forma cómo se entiende el juego de pesos y contrapesos políticos dentro de las decisiones y direccionamiento del poder Judicial. Es débil en cuanto el equilibrio de un órgano de la República que no se somete al escrutinio del pueblo y que organiza su régimen de sustitución de autoridades a través de un fuerte control y proposición de los restantes Poderes del Estado se queda fuera de lo que la modernidad y el mundo de hoy persigue. Esta fórmula restringe la autonomía asegurando la publicidad de forma indirecta, imperfecta dentro de un sistema político igualmente deficiente que no conoce ni proporciona bien el mayor bien que gusta poseer: el Poder.
Segundo argumento débil, pero que delata formas de reproducción y sujeción del poder en el sistema judicial que hablan muy mal de quienes desde los albores de la República mantienen una actitud obsecuente hacia el Poder Ejecutivo de turno. Fueron los mismos los que lograron continuar sin tropiezos durante las dictaduras, ensayos políticos y vueltas a la democracia, cotidianas, del siglo pasado. Esto nos hace afirmar que el real temperamento de la Corte Suprema como institución ha sido la de condescendencia con quienes saben bien, maneja las cosas en Chile. Si las decisiones económicas, políticas y sociales avanzan en cierta dirección, el rol del poder Judicial, su verdadero papel en la historia ha sido refugiarse en los Tribunales a la hora de sacar la voz y apreciar sobre su interés los movimientos de la época, configurando así una Ideología Suprema: flotar aunque todo sea una gran tempestad. Este argumento débil y subjetivo puede camuflarse con facilidad con el argumento fuerte de continuidad y mantenimiento del Estado de Derecho en Chile aunque este sea una promesa o una quimera digna de reivindicar.
Un último argumento débil (de brutal realidad política), es el referido como el de la teoría del empate, en este caso (nombramiento de Pfeiffer) es sólo una alarma destinada al fracaso, debido a que la composición actual del Senado hace presagiar que a lo menos 33 de sus congresistas darán su voto a favor de la nominación del Gobierno (se necesitan 2/3 de los miembros en ejercicio, algo más de 25) dudándose mucho que los restantes, ora por filiación, ora por interés, ora por su historia personal entreguen un voto censitario a dicha propuesta, teniendo esta pelea tanto las Agrupaciones de DDHH como los centros de estudios y los mismos Senadores disconformes escasa o nula posibilidad de transformar a su guisa la próxima asunción en el Tribunal Supremo del país de este Ministro sindicado por su opinión y su historia como Conservador y detractor de las normas que pueden favorecer en los casos pendientes y futuros relativos a las lesiones a los derechos humanos.
Con elementos de obsecuencia histórica, de sumisión al empate de posiciones políticas imperantes (que sigue siendo mejor que el rapto por un sector u otro del órgano jurisdiccionales), de inmutabilidad y resistencia al cambio se hace difícil conseguir al breve plazo un Poder Judicial moderno y eficiente.
La misión de los órganos jurisdiccionales más allá de ser la boca que dice la ley es la de construir certeza jurídica, es decir, establecer parámetros de interpretación, posición e imposición de la fuerza a través del derecho construido por los otros poderes por mandato (hipotético) del pueblo, por lo que su alejamiento y deseo de vivir fuera de los límites del sistema político es una falacia y no una quimera digna de reivindicar como muchos de los defensores del actual sistema de justicia señalan.
Una reforma al sistema jurisdiccional requiere no sólo de reformular los procedimientos sino también la transformación profunda al modo cómo se reproducen y se designan los cargos que ejercen el Poder del Estado de Chile que más atrás en la historia permanece. Esa, me parece es la principal meta de la Justicia y por cierto para quienes habitamos dentro de la política no deja de ser un problema supremo.
(*) Director Ejecutivo Observatorio DDHH
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