La familia del diplomático español y funcionario de la Cepal Carmelo Soria Espinoza, asesinado en julio de 1976 por agentes del Estado, recurrirá a la Corte Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH), luego que ayer el ministro instructor de la Corte Suprema Héctor Carreño confirmara el sobreseimiento total y definitivo de la causa por aplicación de la Ley de Amnistía.
Así lo anunció Carmen Soria, hija del funcionario de Naciones Unidas quien, tras conocer la resolución, advirtió además que “lo que digan los jueces de este país nunca me ha llamado la atención, porque las personas que asesinaron a mi padre deberían estar en la cárcel desde hace mucho tiempo”.
Lo anterior, dijo, porque han surgido nuevos antecedentes en otras investigaciones de violaciones de los derechos humanos que evidencian que los agentes de la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA) involucrados en el asesinato de su padre mintieron.
Parte de estas informaciones han sido recabadas por el juez Alejandro Madrid que investiga el crimen del químico de la DINA Eugenio Berríos y, en ese contexto, también la asociación ilícita y obstrucción a la justicia efectuada por un grupo de ex agentes para encubrir el homicidio del funcionario de la Cepal.
DESARCHIVO Y REAPERTURA
La solicitud para desarchivar y reabrir la investigación por el crimen del diplomático fue ingresada al máximo tribunal el pasado 4 de marzo por el entonces subsecretario del Interior Patricio Rosende.
Luego de analizar los antecedentes expuestos en el requerimiento, el ministro Carreño resolvió que “por resoluciones ejecutoriadas (...) dictadas por el respectivo ministro instructor y confirmadas en su oportunidad por la Corte Suprema, se ha decidido que la presente causa se encuentra afinada en virtud del sobreseimiento total y definitivo por aplicación del Decreto Ley 2.191 de 1978 sobre amnistía dictado en ella respecto del hecho punible materia de la investigación”.
Con ello, la indagatoria por el crimen del diplomático se cierra sin responsables pues los únicos procesados en el caso fueron los ex agentes de la DINA Guillermo Salinas Torres y José Ríos San Martín, respecto de quienes se aplicó la Ley de Amnistía en 1996.
No obstante, la familia Soria junto con recurrir a la CIDH también puede apelar de la resolución en Chile, ante la Corte Suprema, e insistir en la reapertura del caso.
Así lo anunció Carmen Soria, hija del funcionario de Naciones Unidas quien, tras conocer la resolución, advirtió además que “lo que digan los jueces de este país nunca me ha llamado la atención, porque las personas que asesinaron a mi padre deberían estar en la cárcel desde hace mucho tiempo”.
Lo anterior, dijo, porque han surgido nuevos antecedentes en otras investigaciones de violaciones de los derechos humanos que evidencian que los agentes de la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA) involucrados en el asesinato de su padre mintieron.
Parte de estas informaciones han sido recabadas por el juez Alejandro Madrid que investiga el crimen del químico de la DINA Eugenio Berríos y, en ese contexto, también la asociación ilícita y obstrucción a la justicia efectuada por un grupo de ex agentes para encubrir el homicidio del funcionario de la Cepal.
DESARCHIVO Y REAPERTURA
La solicitud para desarchivar y reabrir la investigación por el crimen del diplomático fue ingresada al máximo tribunal el pasado 4 de marzo por el entonces subsecretario del Interior Patricio Rosende.
Luego de analizar los antecedentes expuestos en el requerimiento, el ministro Carreño resolvió que “por resoluciones ejecutoriadas (...) dictadas por el respectivo ministro instructor y confirmadas en su oportunidad por la Corte Suprema, se ha decidido que la presente causa se encuentra afinada en virtud del sobreseimiento total y definitivo por aplicación del Decreto Ley 2.191 de 1978 sobre amnistía dictado en ella respecto del hecho punible materia de la investigación”.
Con ello, la indagatoria por el crimen del diplomático se cierra sin responsables pues los únicos procesados en el caso fueron los ex agentes de la DINA Guillermo Salinas Torres y José Ríos San Martín, respecto de quienes se aplicó la Ley de Amnistía en 1996.
No obstante, la familia Soria junto con recurrir a la CIDH también puede apelar de la resolución en Chile, ante la Corte Suprema, e insistir en la reapertura del caso.
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